EXTINCIÓN DE CONDOMINIO: QUÉ ES Y CÓMO SE REALIZA
¿Qué es la extinción de condominio?
La extinción de condominio es el procedimiento legal mediante el cual dos o más personas que comparten la propiedad de un bien (normalmente un inmueble) dejan de tener esa copropiedad. Lo habitual es que uno de los titulares se quede con la propiedad completa a cambio de compensar económicamente al resto. Es una solución frecuente tras divorcios, herencias o disolución de sociedades patrimoniales.
¿Cuándo se puede solicitar la extinción de condominio?
Este proceso suele plantearse en escenarios donde la copropiedad ya no es práctica o deseada. Por ejemplo, tras una separación matrimonial, uno de los cónyuges puede querer quedarse con la vivienda familiar. También es habitual cuando varios herederos reciben una propiedad conjunta y desean que uno de ellos asuma la totalidad.
Además, en inversiones compartidas entre socios, puede que decidan liquidar su participación si el proyecto no continúa.
Requisitos para extinguir un condominio
Para realizar este proceso deben cumplirse ciertas condiciones legales:
- Existencia de copropiedad legalmente constituida.
- Acuerdo entre todas las partes implicadas (salvo que se acuda a la vía judicial).
- Compensación económica al copropietario que cede su parte.
- Escritura pública ante notario si se trata de bienes inmuebles.
Procedimiento paso a paso
Acuerdo entre las partes
Todo comienza con un pacto entre los titulares. Este acuerdo debe ser claro y reflejar quién se quedará con el bien y qué compensación recibirá el otro.
Valoración del inmueble
Aunque no siempre es obligatorio, se recomienda una tasación profesional. Esta medida aporta transparencia y ayuda a evitar disputas futuras.
Escritura pública
Una vez alcanzado el acuerdo, el notario redacta la escritura. En ella deben constar todos los datos relevantes: partes implicadas, porcentaje de propiedad, valor del bien y la cantidad acordada como compensación.
Liquidación de impuestos
En la mayoría de los casos, solo se debe abonar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD). No se aplica el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, lo que representa una importante ventaja fiscal.
Inscripción registral
Finalmente, se debe inscribir la escritura en el Registro de la Propiedad, lo que oficializa la nueva titularidad frente a terceros.
Ventajas fiscales de la extinción de condominio
Uno de los grandes atractivos de este procedimiento es su impacto fiscal reducido. Al no tratarse de una compraventa, se evita el ITP y, en muchos casos, tampoco se genera una ganancia patrimonial sujeta a IRPF, siempre que el valor asignado sea razonable y ajustado al mercado.
Además, el IAJD suele tener un tipo reducido, que varía entre comunidades autónomas, pero es mucho menor que otros tributos relacionados con la transmisión de bienes.
Diferencias entre extinción de condominio y compraventa
| Concepto | Extinción de condominio | Compraventa |
|---|---|---|
| Naturaleza | Disolución de copropiedad | Transmisión de propiedad |
| Fiscalidad | Solo IAJD | ITP o IVA |
| Requisitos | Acuerdo entre copropietarios | Acuerdo comprador-vendedor |
| Frecuencia | Tras divorcios o herencias | En cualquier momento |
Extinción de condominio judicial: ¿cuándo es necesaria?
Cuando no se logra un acuerdo amistoso, uno de los copropietarios puede acudir al juzgado para pedir la división del bien común. Esto puede derivar en que el juez adjudique el inmueble a uno de los titulares (previa compensación), o bien ordene su venta en pública subasta y reparta el dinero obtenido.
Esta vía judicial, aunque posible, suele ser más lenta, costosa y con resultados imprevisibles. Por eso, se recomienda agotar primero todas las opciones de negociación.
Gastos asociados a la extinción de condominio
El proceso implica ciertos costes, aunque por lo general son inferiores a los de una compraventa:
- Gastos de notaría (300 – 600 € aproximadamente).
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (entre 0,5% y 1,5% del valor).
- Inscripción en el Registro de la Propiedad (100 – 300 €).
- Posible tasación del inmueble.
- Honorarios de asesoría legal si se requiere.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Puedo hacer la extinción de condominio sin notario?
No, si el bien es un inmueble, la intervención notarial es obligatoria. Solo así puede inscribirse en el Registro de la Propiedad.
¿Y si el otro copropietario no quiere firmar?
Tendrás que iniciar un procedimiento judicial de división de la cosa común. Aunque más complejo, es una salida legal ante la falta de acuerdo.
¿Se paga plusvalía municipal en estos casos?
En general, no se paga plusvalía municipal porque no se considera una transmisión patrimonial. Sin embargo, si la adjudicación no se realiza en proporción a la cuota inicial, el Ayuntamiento podría considerar que hay una ganancia sujeta al impuesto.
En definitiva, la extinción de condominio es una herramienta útil para resolver situaciones de copropiedad que ya no son funcionales. Ofrece una salida legal, ágil y fiscalmente favorable tanto para divorcios como herencias o disolución de sociedades. Siempre que sea posible, lo ideal es alcanzar un acuerdo y formalizarlo ante notario para simplificar el proceso y reducir costes.
Si estás valorando esta opción, lo más recomendable es contar con asesoramiento legal para asegurarte de que todo se haga conforme a la ley y con todas las garantías.


