El contrato de arras: ¿Cuál es la información imprescindible?
El contenido del contrato de arras es muy importante, ya que la información que incluyamos sobre el inmueble determinará que la operación de la compraventa se realice de forma adecuada y sin imprevistos.
Así, el contrato debe contener una información mínima para asegurar el éxito de la compraventa.
A modo de ejemplo, es recomendable que contenga al menos la siguiente información:
- Datos de identificación del comprador y del vendedor
- Descripción de la vivienda, incluyendo dirección y características.
- Situación legal: registral, catastral, urbanística y jurídica del inmueble
- Precio del inmueble
- Cantidad entregada en concepto de arras
- Plazo para firmar la compraventa definitiva
- Estado del inmueble y forma de entrega del mismo
- Cuotas comunitarias e impuestos del inmueble al corriente
- Reparto de los gastos de la compraventa
- Cláusula de penalización en caso de incumplimiento
Sin embargo, bajo nuestra experiencia profesional cada inmueble y compraventa implica la necesidad de establecer una serie de cláusulas distintas, por ser el contenido de este contrato de obligado cumplimiento.
El contrato de arras: ¿Cuál es la información recomendable?
Adicionalmente a la información esencial, existe una amplia casuística que debe tener en cuenta a la hora de redactar un contrato de arras.
Principalmente, consideramos relevante indicar con exactitud el estado real del inmueble con afirmaciones concretas, por ejemplo, sobre la inexistencia de vicios ocultos, humedades, desperfectos, etc.
En estos casos, dado que normalmente se incluye la consideración del inmueble como “cuerpo cierto” es imprescindible una redacción adecuada para proteger al comprador.
Asimismo, en viviendas antiguas, resulta de especial consideración sobre la Inspección Técnica de Edificios (ITE) y el hecho de que la misma haya tenido un resultado favorable.
Por otro lado, suelen surgir problemas con la titularidad de los inmuebles a nivel registral están pendientes de tramitación: casos de herencias, proindivisos, propietarios sin plena capacidad de obrar, etc.
También recomendados firmemente tener mucho cuidado con la intervención de terceros, como son las inmobiliarios o los agentes financieros.
En este sentido, es imprescindible firmar el contrato de arras directamente con el comprador o vendedor. Y, si existen intermediarios, además, firmar aparte con ellos un contrato de mediación.
Por último, queremos destacar que, normalmente, se suelen establecer pactos concretos entre las partes cuya redacción adecuada es muy importante para no generar discrepancias antes de la firma notarial de compraventa.
Dada la relevancia a nivel económico de una operación de compraventa, recomendamos contar con el asesoramiento de un profesional, ya que es imprescindible tener en cuenta toda la información relevante.
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Si quieres conocer las acciones legales existentes para reclamar las arras, puedes continuar leyendo nuestro artículo: Los problemas del contrato de arras
También puedes continuar leyendo uno de nuestros casos de éxito: Resolución del contrato por vicios ocultos
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