Contenido de la Sentencia del TS sobre gastos hipotecarios

El pronunciamiento del Tribunal del pasado 15 de febrero de 2018 analiza el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) que se abona al constituir un préstamo hipotecario.

Por ello, es importante tener en cuenta que la sentencia únicamente se refiere al mencionado impuesto por lo que no afecta al resto de gastos de hipoteca que se han abonado, como pueden ser, entre otros:

  • los aranceles notariales
  • los aranceles registrales
  • los honorarios de la gestoría
  • los gastos de tasación

En este contexto, a pesar de las reiteradas sentencias favorables al consumidor sobre gastos de hipoteca, existían ya discrepancias sobre los gastos que debían ser devueltos, especialmente respecto al IAJD al que se sujeta la operación de constitución de hipoteca.

Así, el TS en su última sentencia declara que la cláusula de gastos de hipoteca incluida en la escritura de préstamo de la demandante es abusiva pero, a efectos de restitución, considera que hay que distinguir dos situaciones:

  • Respecto a la operación de constitución de préstamo, el pago del impuesto incumbirá al prestatario.
  • Respecto al timbre de los documentos notariales: por un lado, el impuesto correspondiente a la matriz se abonará por parte iguales, y, por otro lado, el impuesto correspondiente a las copias se abonará por quien las solicite

Sin embargo, pese a imputar una parte del impuesto al Banco, al menos en el caso concreto analizado, entiende que no procede la devolución del tributo al considerar que la demandante no había probado que hubiera pagado alguna cantidad distinta a la correspondiente a la constitución del préstamo.

Repercusión de la Sentencia del TS sobre el impuesto

Por un lado, como adelantábamos, la sentencia afectaría única y exclusivamente al IAJD por lo que el resto de gastos hipotecarios en principio no se verían afectados por el pronunciamiento del TS relativo al impuesto.

En este sentido, los jueces y tribunales ya venían declarando de forma reiterada la nulidad de la cláusula de gastos de hipoteca y condenando a los Bancos a devolver, al menos parte, de todos los gastos abonados por los prestatarios, lo cual ya tratamos anteriormente en nuestro artículo: Las Sentencias sobre gastos de hipoteca son favorables al consumidor

Por otro lado, en opinión de algunos expertos, la sentencia parece haberse dictado como un fallo politizado y acordado en beneficio de las entidades bancarias para evitar el pago de los millones de euros que supone la devolución del impuesto al prestatario.

En este sentido, se hace imprescindible el pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea por lo que confiamos en que se plantee pronto una cuestión prejudicial que resuelva el problema para todos los afectados por el pago de este impuesto.

En este caso, podría cambiarse la tendencia de los fallos de jueces y tribunales para adaptarse a la estricta protección defendida por la normativa y jurisprudencia europea.

¿Qué tengo que hacer tras la Sentencia sobre gastos de hipoteca?

En primer lugar, es importante contar con el asesoramiento de un experto que analice tu caso en concreto ya que existe una enorme casuística y habría que valorar si, en tu concreta situación, podría afectarte el fallo del TS.

Con carácter general, podemos destacar varias situaciones:

  • Si no has iniciado la vía judicial: aun estás a tiempo de reclamar los gastos de hipoteca que no se han visto afectados por esta sentencia, pudiendo reclamar el IAJD más adelante si cambiase la jurisprudencia.
  • Si ya has iniciado la vía judicial: lo importante es en qué fase del procedimiento se encuentra tu demanda ya que podría ser recomendable renunciar al impuesto o desistir parcialmente.
  1. Si el Banco aún no ha contestado a la demanda, sería posible hacerlo y de hecho podría ser lo más recomendable.
  2. Si el Banco ya ha contestado a la demanda y siempre que estemos ante una escritura de préstamo hipotecario, es posible que en tu sentencia no acuerden la devolución del impuesto, a no ser que la cuestión prejudicial del TJUE se resolviera antes que tu sentencia, pero sí podrían devolverte el resto de gastos reclamados.

En este sentido, es importante llevar a cabo la mejor estrategia procesal según tu caso en concreto por lo que en FVO Abogados te recomendamos que cuentes con una defensa letrada especializada en este tipo de litigios.

¡Consúltanos tu caso!

Tras la ya conocida Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de diciembre de 2015, que condenaba al banco a devolver los gastos de hipoteca impuestos a la parte prestataria para la formalización de su préstamo, son muchos los clientes que se han animado a reclamar las cantidades pagadas indebidamente para la tramitación de su hipoteca.

Así, son cada vez más numerosas las sentencias a través de las cuales tanto Jueces de Primera Instancia como Audiencias Provinciales están resolviendo de forma favorable al consumidor. En este sentido, se está aplicando la doctrina sentada por el Tribunal Supremo para declarar la abusividad de la cláusula y condenar por ello a las entidades financieras a devolver los gastos de formalización de hipoteca a los clientes que se vieron obligados a pagarlos en el momento de la concesión del préstamo.

A modo de ejemplo, ya en segunda instancia, la Audiencia Provincial de Valencia, en su sentencia de 25 de abril de 2016, condena a Banco Santander a reintegrar las sumas indebidamente percibidas por imputación de los gastos de hipoteca al prestatario. Y de nuevo en Sentencia de 4 de mayo de 2016, en virtud de la cual desestima el recurso de apelación presentado por BBVA, en este caso, respecto a su alegación sobre gastos, entendiendo que procede la nulidad de la cláusula de acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo.

Así también la Audiencia Provincial de Barcelona, en Sentencia de 17 Octubre de 2016, al considerar de nuevo contra BBVA: “Creemos que deben verse afectados por la declaración de nulidad los siguientes pactos: el 5.2. (gastos notariales y registrales), 5.3. (impuesto de actos jurídicos documentados) y 5.4. (gastos de gestoría)”.

En el mismo sentido, la Audiencia Provincial de Pontevedra desestima el recurso de apelación interpuesto, en este caso, por Banco Popular, aplicando la doctrina del Tribunal Supremo a través de su Sentencia de 14 de noviembre de 2016, en virtud de la cual confirma la sentencia estimatoria a favor del cliente que reclamaba los gastos de formalización de hipoteca, entre otras cláusulas abusivas.

Así, se condenó una vez más a la entidad financiera a abonar las cantidades pagadas indebidamente, con sus intereses legales desde la fecha de cada cobro, y con condena en costas a la entidad demandada.

En este contexto y a raíz del pronunciamiento del Tribunal Supremo, la jurisprudencia aplica la doctrina del Alto Tribunal, dictando de forma continuada sentencias sobre gastos de hipoteca favorables a los consumidores, que están consiguiendo recuperar el pago que se les impuso para la formalización de su hipoteca.

Si aún tienes dudas sobre qué gastos se pueden reclamar también puedes consultar el siguiente artículo: Reclamaciones de gastos de formalización de hipoteca

Desde nuestra firma, te ayudamos a recuperar las cuantías pagadas indebidamente y analizamos tu escritura de préstamo y te asesoramos de forma gratuita para que conozcas tus derechos. Ahora que la justicia está a favor del consumidor, no pierdas la ocasión de recuperar lo que te pertenece por los gastos de hipoteca y otras cláusulas abusivas.

¡Infórmate sin compromiso!

¿Puedo recuperar los gastos de mi hipoteca?

Son muchos los clientes que nos preguntan sobre cómo reclamar los gastos de hipoteca a los que tuvieron que hacer frente para la formalización de su préstamo.
En la actualidad, acudir a la vía judicial es la única manera de declarar nula la cláusula abusiva que impone al prestatario el pago de todos los gastos inherentes a la operación del préstamo, mediante una reclamación que permita al afectado recuperar su dinero.
Este tipo de reclamación no es algo novedoso pero sí se está dando a conocer a los clientes con más hincapié las últimas semanas, parece que a raíz de la jurisprudencia europea sobre la retroactividad de las cláusulas suelo se está divulgando más por los medios de prensa.
Fue el Tribunal Supremo, en su Sentencia de 23 de diciembre del 2015, el que declaró la nulidad por abusividad de la cláusula de gastos del préstamo hipotecario por entender que  no correspondían exclusivamente al prestatario.
Hasta ese momento el desembolso lo realizaba el cliente, por desconocimiento, pero ahora los tribunales parece que ya protegen la figura del consumidor frente a la imposición de la totalidad de los gastos al cliente por lo que la vía judicial está siendo muy exitosa.

¿Qué gastos puedo reclamar?

En este momento los gastos que es posible reclamar serían los siguientes:
  • Gastos del Registro de Propiedad por la inscripción de la hipoteca.
  • El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, al que se encuentre sujeto y no exenta la escritura de préstamo hipotecario.
  • Gastos de Notaría correspondiente a la formalización de la escritura del préstamo hipotecario.
Esta lista no es taxativa y desde nuestra firma confiamos en que, del mismo modo, se aplique para otro tipo de gastos impuestos, como podrían ser:
  • Los gastos de Gestoría (siempre que la intervención haya sido impuesta por el banco).
  • La Tasación de la vivienda.
Estos gastos varían según la Comunidad Autónoma, la entidad bancaria y el año de constitución de la hipoteca. Pero, aproximadamente, podemos calcular unos 3.000€ en un préstamo hipotecario de 150.000€ (cantidad que será mayor o menor en función de la cuantía del préstamo).
Estos gastos pueden ser incluso del doble en los casos en los que existan subrogaciones, novaciones o ampliaciones. Es posible reclamar todos los gastos correspondientes a la escritura hipotecaria.
En el caso de clientes que además tengan cláusula suelo, se podrá recuperar todas las cantidades pagadas de más por ambos conceptos.

¿Cómo puedo reclamar los gastos de hipoteca?

Os recomendamos que busquéis todas las facturas correspondientes a los pagos a los que tuvisteis que hacer frente para la formalización de hipoteca o bien los solicitéis en la gestoría que tramitó la hipoteca o en los organismos correspondientes.
Si además de esta cláusula abusiva creéis que podéis estar afectados por alguna otra como cláusula suelo, intereses de mora, vencimiento, anticipado, etc., os atenderemos de forma gratuita para analizar la escritura con detenimiento y reclamar la nulidad de todas ellas para eliminarlas del contrato y recuperar las cantidades que os corresponden.