La reciente Sentencia del Supremo sobre gastos de hipoteca
Contenido de la Sentencia del TS sobre gastos hipotecarios
El pronunciamiento del Tribunal del pasado 15 de febrero de 2018 analiza el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) que se abona al constituir un préstamo hipotecario.
Por ello, es importante tener en cuenta que la sentencia únicamente se refiere al mencionado impuesto por lo que no afecta al resto de gastos de hipoteca que se han abonado, como pueden ser, entre otros:
- los aranceles notariales
- los aranceles registrales
- los honorarios de la gestoría
- los gastos de tasación
En este contexto, a pesar de las reiteradas sentencias favorables al consumidor sobre gastos de hipoteca, existían ya discrepancias sobre los gastos que debían ser devueltos, especialmente respecto al IAJD al que se sujeta la operación de constitución de hipoteca.
Así, el TS en su última sentencia declara que la cláusula de gastos de hipoteca incluida en la escritura de préstamo de la demandante es abusiva pero, a efectos de restitución, considera que hay que distinguir dos situaciones:
- Respecto a la operación de constitución de préstamo, el pago del impuesto incumbirá al prestatario.
- Respecto al timbre de los documentos notariales: por un lado, el impuesto correspondiente a la matriz se abonará por parte iguales, y, por otro lado, el impuesto correspondiente a las copias se abonará por quien las solicite
Sin embargo, pese a imputar una parte del impuesto al Banco, al menos en el caso concreto analizado, entiende que no procede la devolución del tributo al considerar que la demandante no había probado que hubiera pagado alguna cantidad distinta a la correspondiente a la constitución del préstamo.
Repercusión de la Sentencia del TS sobre el impuesto
Por un lado, como adelantábamos, la sentencia afectaría única y exclusivamente al IAJD por lo que el resto de gastos hipotecarios en principio no se verían afectados por el pronunciamiento del TS relativo al impuesto.
En este sentido, los jueces y tribunales ya venían declarando de forma reiterada la nulidad de la cláusula de gastos de hipoteca y condenando a los Bancos a devolver, al menos parte, de todos los gastos abonados por los prestatarios, lo cual ya tratamos anteriormente en nuestro artículo: Las Sentencias sobre gastos de hipoteca son favorables al consumidor
Por otro lado, en opinión de algunos expertos, la sentencia parece haberse dictado como un fallo politizado y acordado en beneficio de las entidades bancarias para evitar el pago de los millones de euros que supone la devolución del impuesto al prestatario.
En este sentido, se hace imprescindible el pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea por lo que confiamos en que se plantee pronto una cuestión prejudicial que resuelva el problema para todos los afectados por el pago de este impuesto.
En este caso, podría cambiarse la tendencia de los fallos de jueces y tribunales para adaptarse a la estricta protección defendida por la normativa y jurisprudencia europea.
¿Qué tengo que hacer tras la Sentencia sobre gastos de hipoteca?
En primer lugar, es importante contar con el asesoramiento de un experto que analice tu caso en concreto ya que existe una enorme casuística y habría que valorar si, en tu concreta situación, podría afectarte el fallo del TS.
Con carácter general, podemos destacar varias situaciones:
- Si no has iniciado la vía judicial: aun estás a tiempo de reclamar los gastos de hipoteca que no se han visto afectados por esta sentencia, pudiendo reclamar el IAJD más adelante si cambiase la jurisprudencia.
- Si ya has iniciado la vía judicial: lo importante es en qué fase del procedimiento se encuentra tu demanda ya que podría ser recomendable renunciar al impuesto o desistir parcialmente.
- Si el Banco aún no ha contestado a la demanda, sería posible hacerlo y de hecho podría ser lo más recomendable.
- Si el Banco ya ha contestado a la demanda y siempre que estemos ante una escritura de préstamo hipotecario, es posible que en tu sentencia no acuerden la devolución del impuesto, a no ser que la cuestión prejudicial del TJUE se resolviera antes que tu sentencia, pero sí podrían devolverte el resto de gastos reclamados.
En este sentido, es importante llevar a cabo la mejor estrategia procesal según tu caso en concreto por lo que en FVO Abogados te recomendamos que cuentes con una defensa letrada especializada en este tipo de litigios.
¡Consúltanos tu caso!




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